Apremia que el IFE grantice la libertad de expresión

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El Tribunal Electoral del Poder de la Federación ha ordenado se investiguen a mas de 60 estaciones por el simple hecho de dar entrevistas. En la sentencia se citan, para investigación, las entrevistas hechas durante el proceso local electoral del estado de Michoacán alos siguientes comunicadores: Joaquín López Doriga, Carlos Monge, Sabine Berman, Carmen Aristegui, José Cárdenas, entre muchos otros.
Ante éstas circunstancias tan difíciles La Cámara Nacional de la Industria de la Radio y Televisión (CIRT), organismo cúpula de los concesionarios de radio y televisión comerciales demandó al Instituto Federal Electoral dar RESPUESTA FORMAL, sobre la posibilidad de transmitir DEBATES ENTRE PRECANDIDATOS Y CANDIDATOS A DISTINTOS CARGOS DE ELECCIÓN POPULAR; Por lo que presentó ante el IFE a las siguientes interrogantes: ¿Los debates están amparados en la actividad periodística?; Cuando se transmite un debate íntegramente, ¿ se suspende la transmisión de los tiempos oficiales (spots) de partidos políticos?; ¿sólo pueden ser organizados por partidos políticos y/o autoridades electorales?; ¿ Cuáles son los formatos permitidos?; ¿Existen un límite al número de debates que se podrían transmitir?; ¿Se deben invitar a todos los precandidatos? ¿Qué acontece con los precandidatos únicos?; ¿Se pueden transmitir debates en períodos intermedios de campaña?; ¿ Se pueden transmitir en una zona geográfica más amplia?.
En un comunicado, la CIRT expone sus ocho preguntas ante la autoridad electoral, “ante las restricciones” ordenadas por el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) que “expresamente señalan que ‘los debates no están amparados en la libertad de expresión ni en la libertad periodística”. En tanto varios consejeros electorales del IFE precisan que no se prohíben los debates, sino la venta de tiempo-aire o de segmentos para organizar debates entre candidatos y precandidatos.
Consecuentemente NI MÁS… NI MENOS… SÓLO LO JUSTOS … Es apremiante que el Instituto Federal Electoral dé respuesta a la demanda en sus ocho interrogantes que plantea La Cámara Nacional de la Industria de la Radio y Televisión y defina con claridad en primer lugar cómo “ GARANTIZAR LA LIBERTAD DE EXPRESIÓN” en materia de entrevistas y debates entre precandidatos a distintos cargos de elección popular.
Recordemos que no es posible “violar la ley para hacer cumplir la ley” y la Libertad de Expresión la consagra el artículo 6 constitucional y sólo refiere cuatro aspectos que lo regula: los ataques a la moral, los derechos de tercero, cuando se provoque algún delito o cuando se perturbe el orden público. En virtud de la extrema vaguedad de los supuestos mencionados, su interpretación se debe realizar de forma estricta, para no incurrir en un atentado a la Libertad de Expresión en México.
ES CUANTO!…