Aproveche al máximo ayuda del IRS a Familias Trabajadoras

Octubre: Mes del Trabajo y la Familia

0
638

¿Sabía usted que Octubre es el Mes Nacional del Trabajo y la Familia? Aunque no lo hubiera oído antes, es importante que sí tenga presente la ayuda tributaria que está disponible en el IRS para familias que trabajan pero que no tienen ingresos muy altos, como el Crédito Tributario por Ingreso del Trabajo (EITC), el Crédito por Cuidado de Menores y Dependientes, y el nuevo Crédito para Primeros Compradores de Vivienda.

Crédito Tributario por Ingreso del Trabajo:

• Esta es la ayuda más significativa que ofrece el gobierno federal a familias trabajadoras y estadísticas muestran que 46 por ciento de trabajadores asalariados son padres de familia, con niños menores de 18 años que viven con ellos al menos la mitad del tiempo. Si sus ingresos en el 2008 son de $39,783 o menos, podrían calificar para recibir el crédito tributario por ingreso del trabajo (EITC) al presentar su declaración de impuestos en el 2009. Incluso podrían recibir parte de su EITC ahora, solicitándolo por adelantado de su empleador. Existen varias reglas pero tratándose de una ayuda que podría ser de hasta $4,716, vale la pena informarse utilizando la herramienta en español @link href=’http://www.irs.gov/espanol/article/0,,id=149192,00.html’target=”_blank”>Asistente EITC/link en @link href=’http://www.irs.gov’target=”_blank”>IRS.gov/link o solicitando la Publicación 596(SP).

Crédito por el Cuidado de Menores y Dependientes:

• Una de cada cuatro personas en los EE.UU. aproximadamente —más de 45 millones de personas en el país—coordinaron o brindaron el cuidado de un miembro de su familia o amigo, mientras que continúa incrementándose la cantidad de personas que deben encargarse del cuidado de padres mayores. Si usted paga a alguien para que cuide a una persona calificada, de modo que usted (y su cónyuge) puedan trabajar o buscar trabajo, posiblemente pueda reclamar el crédito por gastos de cuidado de hijos menores y dependientes. Para cerciorarse de cumplir los requisitos necesarios y no desperdiciar esta oportunidad vea el @link href=’http://www.irs.gov/espanol/article/0,,id=127880,00.html’target=”_blank”>Tema 602/link en @link href=’http://www.irs.gov’target=”_blank”>IRS.gov/link o solicite la Publicación 503.

Crédito para Primeros Compradores de Vivienda:

Según la recién decretada Ley de Vivienda y Recuperación Económica de 2008, quienes compran un hogar por primera vez después del 8 de abril de 2008, y antes de julio de 2009 podrían aprovechar un nuevo crédito que reduce la cuenta de impuestos del contribuyente o incrementa su reembolso, dólar por dólar y es completamente reembolsable, lo cual significa que pueden reclamarse, aun sin adeudar impuestos o si el crédito resulta más que el impuesto adeudado.

Funciona muy semejante a un préstamo libre de intereses, porque debe pagarse a lo largo de 15 años. Por ejemplo, un contribuyente que compra una vivienda y reclama el crédito máximo de $7500 en su declaración de 2008 debe comenzar a pagar $500 como un impuesto adicional en su declaración de 2010. Las familias o las personas elegibles reclamarán el crédito en el nuevo Formulario 5405 del IRS, que estarán disponibles a finales de este año en @link href=’http://www.irs.gov’target=”_blank”>IRS.gov/link.

“Existen muchas ayudas más y esta es buena ocasión para ver si su familia está obteniendo toda la ayuda a la que tiene derecho”, sugirió Sara Eguren, portavoz del @link href=’http://www.irs.gov’target=”_blank”>IRS.gov/link.

En este Mes Nacional del Trabajo y la Familia, cerciórese de que su familia, por la que usted trabaja con tanto esmero, esté aprovechando al máximo las ayudas disponibles. Para solicitar gratis una Publicación del IRS, llame al 1-800-829-3676 o para información en inglés y en español visite @link href=’http://www.irs.gov’target=”_blank”>www.IRS.gov/link.