El esfuerzo de los tres ordenes de gobierno es grande, sin embargo las soluciones no son fáciles, el tema de la seguridad pública, procuración e impartición de justicia siguen ocupando la agenda prioritaria en los días, meses y quizá años por venir. Sin duda hay avance en la construcción del andamiaje de las reformas para aspirar a la consolidación del Estado de Derecho y así logra frenar o por lo menos disminuir la violencia, la delincuencia organizada y la impunidad.
En el marco de la reforma el pasado miércoles 14 de Diciembre, aprecie en sesión pública solemne al Ministro Presidente de la Suprema Corte de Justicia de la Nación LUIS MARÍA AGUILAR MORALES, en relación nuevo Sistema de justicia Penal Acusatorio, cuyos avances son importantes en infraestructura, con por lo menos una sala de justicia de ese novedoso sistema penal en cada una de las entidades de la República Mexicana. Ha sido un trabajo integral del Consejo de la Judicatura, del Titular del Poder Ejecutivo Federal, de los representantes de ambas Cámaras del Congreso de la Unión, de los gobernadores de todos el país, de Magistrados de los diversos tribunales nacionales.
A partir del 17 de junio pasado, que entró en vigor del nuevo sistema en todo el país, se han instalado en funciones 37 salas de justicia penal del sistema acusatorio, ya se tiene por lo menos 15,010 asuntos en este nuevo sistema, de los cuales se 14 tramita en los centros de Guanajuato con unos 1,300, en Puebla con unos 600, en el Estado de México llegan a casi 600, seguidos por: Chihuahua, Sinaloa y Michoacán; se destaca que estos asuntos sólo el .6% han acabado en juicio propiamente dicho, o sea, sólo unos 90 asuntos de los 15,000, lo que demuestra las bondades de los medios alternos, como son los acuerdos reparatorios, la suspensión condicional del proceso y el procedimiento abreviado. Sin embargo, aún falta mucho avance para consolidar el sistema con más centros y más jueces especializados. Se han adscrito 95 juzgadores previamente
seleccionados en rigurosos exámenes de oposición; se están construyendo
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instalaciones dignas del Poder Judicial de la Federación; así, se emitieron –legal y oportunamente– 859 órdenes de cateo, el 70% de las solicitadas; de las peticiones de arraigo se concedieron 24, esto es, el 63% de las pedidas; además, los juzgadores federales dictaron 3,702 órdenes de aprehensión, de las cuales 456 ya correspondieron al nuevo sistema. Como resultado de los procedimientos y juicios llevados ante los jueces federales se dictaron 3,702 sentencias condenatorias en materia federal.
Para cumplir con este gran reto histórico de la reforma en materia del nuevo sistema de justicia penal, se requiere en una misma línea de unidad, trabajo en equipo, salir airosos, sin enfrentamientos, trabajar en equipo conforme a las responsabilidades propias de cada uno, sólo unidos, para lograr los objetivos; por lo que se han realizado concursos de oposición y este año han resultado electos 325 jueces y 132 magistrados de circuito, para enfrentar los retos de la creciente demanda de justicia federal, protectora de los derechos humanos.
CONSECUENTEMENTE, NI MÁS… NI MENOS… SOLO LO JUSTO!… El sistema de justicia penal, no es sólo labor o responsabilidad de los jueces, es una tarea en la que participan actores diversos, para que el nuevo sistema funcione adecuadamente, las autoridades encargadas de la investigación de los delitos, la fuerza pública responsable de la persecución y aprehensión de los probables delincuentes, los mandos, los elementos operativos, los agentes del Ministerio Público que los conducen, los jueces de control que los autorizan, los peritos, los abogados defensores, incluso los testigos y las víctimas, todos son partes integrantes de este gran sistema y son responsables de hacer bien la tarea, correctamente; lo que significa que hay que cumplir con la ley y respetar –sin excepción y sin excusas– los derechos fundamentales de toda persona.
En ese sistema, los jueces federales no sólo deben cumplir con sus deberes, sino exigir y vigilar que toda autoridad lo haga. De acuerdo al art. 20 constitucional, como derechos de toda persona acusada de un delito: “… Desde el momento de su detención se le harán saber los motivos de la misma y su derecho a guardar silencio, el cual no podrá ser utilizado en su perjuicio. Queda prohibida y será sancionada por la ley penal, toda incomunicación, intimidación o tortura. La confesión rendida sin la asistencia del defensor carecerá de todo valor probatorio.
Los juzgadores están obligados a hacer que se respeten los derechos de las
personas, no es opcional, no se puede eludir, así lo mandata nuestra constitución:
“NADIE ES CULPABLE SINO HASTA QUE ASÍ SE DEMUESTRE SIGUIENDO EL DEBIDO PROCESO LEGAL Y HASTA QUE EXISTA SENTENCIA FIRME INMODIFICABLE DE UN JUEZ COMPETENTE QUE ASÍ LO DETERMINE.”. “QUEREMOS UN MÉXICO EN PAZ, QUE VIVA EN TRANQUILIDAD! AL IGUAL QUE TODOS, EXIGIMOS EL RESPECTO DE LOS DERECHOS SIN DISTINCIÓN, COMO JUECES ES NUESTRA TAREA Y OBLIGACIÓN VELAR POR LA EXISTENCIA REAL Y EFECTIVA DEL ESTADO DE DERECHO”.
MINISTRO LUIS MARÍA AGUILAR MORALES. S.C.J.N. Es Cuanto!…
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