Pospuesta la presentación al Senado de la SB 95

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Estaba previsto que el senador estatal Walsh (D) presentase el 16 de mayo para aprobación en el Senado de Delaware la ley SB 95 con ciertas enmiendas que modificarían sustancialmente la actual ley.

La Comisión Hispana de Delaware (DHC), estimó que para la confección de dichas enmiendas no se había tomado en cuenta a la comunidad hispana en la que hay numerosas personas trabajando en el sector de la construcción al que se refiere la mencionada ley y que podrían verse afectadas.

Compartido su malestar con el senador patrocinador de la enmienda, el presidente de DHC solicitó un aplazamiento de dos semanas al senador patrocinador principal para que abogados especializados analizasen posibles repercusiones en trabajadores hispanos involucrados en construcción y, pudiesen incluirse rectificaciones, en su caso, previas a la presentación a aprobación de la ley en el Senado. Dicho aplazamiento fue concedido.

La ley propuesta enmienda los títulos 19 y 29 de la ley existente relativos a los códigos de registración de contratistas. Según se indica en la sinopsis original de la propuesta de ley: “Intenta proporcionar un entorno de licitación justo para los contratistas que obedecen la ley y protege los intereses de los trabajadores y contribuyentes al implementar las recomendaciones de la revisión de la Ley de Fraude en el Lugar de Trabajo requerida por la Resolución del Senado nº 26 de la 149ª Asamblea General al realizar cambios en las leyes de Lugar de Trabajo, Fraude y creación de la Ley de Registro de Contratistas de Delaware”.

Esta Ley revisa la Ley de Fraude en el Lugar de Trabajo en los siguientes términos:

1. Crea definiciones para los términos “contratista”, “contratista general”, “administrador de la construcción”, “empresas de contratación“, “fuera del curso normal de negocios”, “lugar de negocios” y “subcontratista” y revisa la definición de “contratista independiente”.
2. Prohíbe expresamente a las empresas de contratación proveer servicios de construcción.
3. Permite a los contratistas generales, gerentes de construcción y subcontratistas contratar a otras compañías de construcción en la misma línea de trabajo que el contratista general, gerente de construcción o subcontratista.

La Ley de Registro de Contratistas de Delaware crea un sistema de registro de contratistas para regular efectivamente la clasificación errónea de los empleados haciendo lo siguiente:

1. Requiere que los contratistas paguen una pequeña tarifa anual y soliciten un certificado de registro para participar en actividades de construcción en este estado.
2. Requiere que los contratistas registrados establezcan el cumplimiento de las leyes estatales de trabajo e ingresos.
3. Requiere que todos los contratistas que trabajan en un contrato de obras públicas cumplan con el requisito de registro del nuevo contratista.

Esta Ley también hace correcciones técnicas para adaptar la ley existente a los estándares del Manual de Redacción Legislativa de Delaware.

La ley entraría en vigor al año a partir de su promulgación.

“Hay que tener presente que la ley en general es buena. Tiene buenas intenciones y deberíamos apoyarla en tanto que haga los acopios necesarios para proteger a la comunidad hispana/latina”, dijo Javier Torrijos, presidente de la DHC al día siguiente de ser pospuesta la presentación.

Durante estas dos semanas, Torrijos y el equipo que dirige revisará la propuesta y propondrá las modificaciones que estime oportunas, las cuales serán presentadas al senador patrocinador de la ley para su inclusión en la misma y posterior aprobación en el pleno del Senado.

El patrocinador adicional de esta propuesta junto con el senador Walsh (D) es el Rep. Osienski (D) y los copatrocinadores los senadores Delcollo (R) y Hansen (D), y las representantes Briggs King (R) y K. Williams (D).

Para más información hacer click en el link:
 https://legis.delaware.gov/BillDetail/47463